Con el objeto de facilitar y fortalecer la competencia en el mercado de las actividades de inspección y certificación de la ejecución de obras sanitarias, establecido en el artículo 45 del D.S. N° 453/89 del MINECON, Reglamento del DFL N° 70 de 1988 de fijación de tarifas de servicios de agua potable y alcantarillado, Aguas San Pedro S.A. ha decidido;
- Reactivar el registro de empresas consultoras, mediante la redacción de un nuevo reglamento de Aguas San Pedro S.A., que regule la forma de inscribirse y la de mantenerse en él, todo ello dentro de un plazo de máximo de 6 meses, contado desde esta fecha.
- En forma provisional, a contar de esta fecha y mientras Aguas San Pedro S.A. no dicte el nuevo reglamento de inscripción y registro aludido en el numeral anterior, se decidió habilitar a todas las consultoras que mantengan registro vigente para efectuar las mismas labores de revisión y certificación, en las concesionarias sanitarias Essbio S.A. y Aguas Andinas S.A.
- Difundir estas medidas en la pagina web de Aguas San Pedro S.A. para conocimiento de todos los consultores interesados.
Juan José Inzunza Palma. Gerente General.